domingo, 27 de octubre de 2019

NOTAS PARA EL DEBATE SOBRE LO QUE ESTÁ OCURRIENDO EN AMÉRICA LATINA

Desde Ecuador, llega un correo para este blog con unas notas de debate y reflexión en torno a lo que viene ocurriendo en Ámérica Latina. Dado su interés, paso a transcribirlo literalmente, indicando la autoría del profesor amigo:

¿QUÉ ESTÁ PASANDO EN AMÉRICA LATINA?



a) Desde 2002 se (re)inicia una serie de intentos de golpes de estado (llamados blandos) contra los procesos transformadores en América Latina, de gobiernos progresistas (2002 Venezuela, 2009 Honduras, 2010 y 2017 Ecuador, 2011 Paraguay, 2016 Brasil).
 
b) El actor de estos golpes de estado es la burguesía del capitalismo internacional, liderado por Estados Unidos. Es la reactualización de la doctrina Monroe (1823) contra el bolivarianismo (1815).
 
c) Las razones: 1) el control por los recursos naturales (petróleo, agua, oro, gas, etc); 2) la creciente influencia ideológica, política y económica de Rusia y China en la Región (Nicaragua con un posible canal, Venezuela, Brasil, etc.,) 3) la resurrección del socialismo en  proyectos políticos existosos (Ecuador de Correa, Venezuela); 4) la arquitetura institucional regional (Mercosur, Celac, Alba, Petrocaribe, etc)
 
d) El futuro: el capitalismo está volviendo a mostrar su verdadero rostro, el fascismo, ante la resistencia social a la enajenación mediática y de buena parte del sistema educativo y universitario. Ejemplo de ello es el paramilitarismo en Colombia con pretensiones de entrar en Venezuela para derrocar a Maduro; las bases militares de la OTAN en Colombia; las escuelas sin partido en Brasil y el fascismo político de Bolsonaro. Estas expresiones regionales de fascismo vienen importadas de Estados Unidos, que también lo está exportando a Europa (Vox en España, Liga Norte en Italia, etc.). La industria del rifle y del armamento están detrás buscando enemigos para rearmar a los amigos fascistas. Todo ello bendecido por las teologías de la prosperidad de las diferentes iglesias
 
e) El capitalismo, como sistema económico, está deslegitimado y haciendo aguas desde 2008. China supera a Estados Unidos como primera economía del mundo. El centro geopolítico se desplaza a Oriente, al Pacífico. La guerra expropiatoria imperial, que reactualiza permanentemente la apropiación por desposesión (apropiación originaria del capital) es el recurso que le queda al imperio estadounidense para pretender su hegemonía, tragarse a Rusia y China en el siglo XXI, si puede. América Latina es su patio trasero, su fuente de recursos y combustible. Disputará su control.
 
f) Los pueblos latinoamericanos han mostrado que el socialismo (en sus apenas primeros pasos) funciona en el continente más desigual del planeta. La conciencia revolucionaria (con todas su limitaciones) es tremenda cuando se apodera de los pueblos (el ejemplo más evidente es el pueblo revolucionario chavista, que resiste contra todo tipo de agresiones;
 
g) El futuro no está escrito. La lucha sigue. Veamos qué depara el futuro (nadie imaginaba que Chávez en 1999 iniciaría el siglo resucitando, el socialismo, el cristianismo de la liberación y el marxismo). Hay muchas autocríticas constructivas por aprender de la pasada década de transformaciones (una de ellas, urgente, es la profundizacción de la formación ideológica revolucionaria y la organización, también en el ejército, como en Venezuela)



h) El mes de octubre de 2019 ha sido testigo del hecho mayor de  insurgencia popular en Ecuador y Chile, especialmente. El empoderamento de estos pueblos contra los paquetazos neoliberales del Fondo Monetario Internacional ha sido histórico. Pareciera que la reacción convervadora de la pasada década está siendo desafiada nuevamente y con rapidez. Evo gana por cuarta vez las elecciones. En Argentina hoy es posible que Macri sea derrotado. Para que estos movimientos no queden en "algaradas" coyunturales es necesaria la conducción revolucionaria de esta fuerza popular. Ecuador y Chile nos han llenado de esperanza porque con Victor Jara resucitado por las grandes alamedas se ha hecho evidente que: !el pueblo unido jamás será vencido!

Autor: Antonio Salamanca
(desde Ecuador)

domingo, 13 de octubre de 2019

PRO UNIVERSAL DIGNIDAD DE TODA PERSONA HUMANA


          En España, La Constitución consensuada de finales de 1978 fue posible porque hubo algunas ideas comunes en las que se estaba de acuerdo. Esas ideas eran, como ya lo expresara Gregorio Peces-Barba (en su artículo “Sobre el consenso y otros temas”, en 1994): “los valores superiores, los derechos fundamentales, y los principios de organización de los poderes”.

         Los valores superiores propugnados por la Constitución Española son: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político (ver art. 1, 1). A la dignidad humana va unida la capacidad de elegir. Quienes quieran controlar y decidir anulando a la persona y su propia dignidad o incluso la capacidad de las personas para dialogar y comunicarse, sean religiones o iglesias, ideologías partidistas y partidos totalitarios o comunidades y sociedades cerradas, son adversarios de la dignidad humana. Por ello, la Justicia, y su sentido de equidad, no pueden sino derivar de la dignidad de la persona concreta, de la comunidad o sociedad abierta a la participación ciudadana, es decir, de la legitimación humana y contractual del poder y del propio Estado Social y Democrático de Derecho con su ordenamiento jurídico constitucional, siempre mejorable en aras de la realización de las personas y de las comunidades que viven el bienestar en sociedad gracias a una vida digna en común, así como en aras de la colaboración en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

         En cuanto a Derechos y Deberes fundamentales, el art. 10, 1 establece: La dignidad de la persona, los derechos inviolables inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamentos del orden político y de la paz social. Ahora bien, ese Título Primero de la Constitución tiene un Capítulo Primero que se titula “De los españoles y los extranjeros” y, en el Capítulo II: Derechos y libertades”, el art. 14 dice: “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.” Pero ¿cómo restringir ese derecho sólo a personas de nacionalidad española cuando en el art. 10, 2 de la Constitución se afirma lo que a continuación se transcribe? Art. 10, 2: “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.

         ¿Cuál es, pues, el problema? Pues que la dignidad humana debe garantizarse no sólo como idea sino como derecho de toda persona, nacional o extranjera.

         No basta con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (de finales de marzo de 2010) ¿Por qué? Porque es demasiado declarativa y poco vinculante, cómo debería esperarse de una Carta de Derechos que se proclaman como “fundamentales”.

         En efecto, en el Preámbulo se dice: “Consciente de su patrimonio espiritual y moral, la Unión está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y se basa en los principios de la Democracia y el Estado de Derecho. Al instituir la ciudadanía de la Unión y crear un espacio de libertad, seguridad y justicia, sitúa a la persona en el centro de su actuación”. Ahora bien, ¿cómo se concreta esta declaración en la praxis?

         Los pueblos de Europa, al crear entre sí una unión que se quería cada vez más estrecha, decidieron compartir un porvenir pacífico basado en valores comunes, pero si eso ya está siendo difícil entre ellos, al Noroeste y al Este, sobre todo, pero también al Sur, en el Mediterráneo, ¿en que se queda la mano tendida y la corresponsabilidad respecto de la Comunidad Humana? La palma de la mano de la Justicia, o la asistencia jurídica (arts. 47 al 50), con sus dedos de dignidad (arts. 1 al 5), libertad y seguridad (arts. 6 al 19), igualdad y no discriminación (arts. 20 al 26), solidaridad (arts. 27 al 38), ciudadanía y derecho a una buena administración (arts. 39 al 46) parecen reservados a los que ya son parte de la ciudadanía europea y a quienes su propia Constitución contemple tales derechos como  fundamentales y que, en consecuencia, se deban garantizar por Ley.

         Estamos, pues, ante un horizonte hacia el que caminar pero ante un imperativo ético para llevar a la vida cotidiana, y a la praxis política, administrativa y jurídica la necesidad de garantizar la dignidad humana de toda persona.

         Tal vez pueda afirmarse que estamos todavía en esa andadura de más de setenta años,  desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, del 10 de diciembre de 1948, y sus considerandos, puesto que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca, y de los derechos iguales e inalienables, de toda persona de la familia humana.

         Basta con releer los siete primeros artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sobre libertad e igual dignidad; sobre no discriminación; sobre el derecho a la vida;… sobre el reconocimiento de la propia personalidad; y sobre la igualdad ante la Ley; o leer también el artículo trece, donde se proclama el derecho a circular libremente, para constatar la lejanía del horizonte. ¿Cómo garantizar lo que es esencial para la familia de la Comunidad Humana?

         Es inaplazable un pacto mundial sobre la dignidad de toda persona humana, sin discriminación alguna.

jueves, 10 de octubre de 2019

SISTEMAS AÉREOS NO TRIPULADOS Y MISIONES HUMANITARIAS


          Mirando el objetivo de respetar la dignidad humana de toda persona, ¿Qué podrían garantizar las llamadas Nuevas Tecnologías, y los UAS concretamente, con el fin de salvar vidas en la denominada “necrofrontera” del Mediterráneo, y también en Centroamérica o en otros lugares? ¿Tan difícil sería transmitir información urgente sobre situaciones de emergencia, con el fin de evitar la indefensión o la muerte de tantas y tantas vidas humanas?

         En los vehículos aéreos no tripulados trabajan todo tipo de ingenieros, desde ingenieros aeronáuticos, industriales, electrónicos, de telecomunicaciones, automáticos…; son un tipo de vehículo en el que trabajan equipos multidisciplinares. Y la Tesis de Jesús Sánchez plantea que un equipo de varios UAVs puede realizar misiones de salvamento o rescate en aquellos lugares donde ha ocurrido una catástrofe natural, un accidente u otra situación similar y que requiere de un equipo de salvamento.

         Salvar vidas humanas, es sin duda, una forma de anteponer la dignidad de la persona humana a cualquier tipo de intereses más materialistas o de dominio y poder ya sea político o económico. A la pregunta de cómo garantizar aquello que es importante y esencial para una mejor convivencia de personas y comunidades, consultado el propio Jesús Sánchez, me responde lo siguiente:

         “La ciencia y la tecnología, desde mi punto de vista, han intentado siempre:

  • Entender mejor el mundo que nos rodea, es decir, a todos los sistemas naturales
  • Responder a preguntas que han inquietado al hombre
  • Construir herramientas que ayuden en las tareas propias de los dos puntos anteriores

          Los sistemas aéreos no tripulados (UAS), los cuales, en su mayor parte, se componen de uno o varios vehículos aéreos no tripulados (UAV) son una herramienta de un enorme potencial. Actualmente, estas herramientas (los UAVs) se encuentran en desarrollo continuo en diferentes escenarios, de los cuales son ejemplos:


         Los ejemplos anteriores podrían considerarse usos de los UAVs para garantizar la seguridad de las personas. Muchos de ellos son proyectos de investigación en los que se demuestra la viabilidad del uso de UAVs para misiones específicas. Otras son empresas que ofrecen sus servicios en forma de UAVs para rescate/transporte, las cuales pueden ser contratadas para tal propósito.

         Los UAVs (como otras muchas tecnologías) tienen varios ámbitos de aplicación. El ámbito importante de los UAVs, el que promueve la seguridad de las personas, depende de los gobiernos y las instituciones públicas. Ellos son los que pueden dirigir inversiones, tanto para el desarrollo y la adopción de esta tecnología, como para el bien de las personas.

         El otro ámbito, que en el caso de los UAVs es el del ocio, en el que cualquier persona puede comprar un UAV para disfrutar de construirlo, hacerlo volar, hacer fotos desde el aire, entre otros, está claramente dominado por la economía.

         Concluyendo, de los gobiernos e instituciones depende que prospere el uso de los UAVs para el bien de las personas, y que esta tecnología no se convierta solo en un juguete.”

         Hay, pues, todo un filón en el mundo de la ingeniería, para poder defender y potenciar valores superiores y derechos que nos parecen fundamentales si partimos de la idea básica de la dignidad humana de toda persona.

sábado, 5 de octubre de 2019

¿CÓMO GARANTIZAR LA PRÁCTICA DE LOS VALORES CONSTITUCIONALES Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA?

    En el mundo de la Nuevas Tecnologías, hay jóvenes científicos que, desde "Teleco", en esta última década, se preguntan sobre cómo garantizar que los sistemas aéreos no tripulados (UAS) o más concretamente un vehículo aéreo no tripulado (UAV) pueda cumplir con su misión asignada, bien sea en un determinado escenario, bien sea proporcionando servicios de comunicación inalámbrica. Valga como referencia la Tesis Doctoral de Jesús Sánchez García Mission-based mobility models for UAV networks, de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería, Universidad de Sevilla, 2019.
     En España, desde la década de los 80, nos ha preocupado y nos ha ocupado en el quehacer docente, en Filosofía del Derecho al menos, cómo garantizar la práctica de los valores consagrados en el ordenamiento jurídico del Estado Social y Democrático de Derecho que, según la Constitución de finales de diciembre de 1978, son: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Sirva de referencia el libro de Gregorio Peces Barba: Diez lecciones sobre Ética, Poder y Derecho, Dykinson, S.L., Madrid , 2010
     En el conjunto de la Unión Europea (UE), desde finales de marzo de 2010, con la publicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, nos viene inquietando cómo garantizar de hecho: 1) la dignidad humana (teóricamente inviolable); 2) el derecho a la libertad y a la seguridad; 3) la igualdad de todas las personas ante la Ley y la no discriminación; 4) la solidaridad, la protección de la salud y los servicios sociales, y la protección del medio ambiente; 5) el valor efectivo de la ciudadanía y el derecho a una buena administración; y 6) el valor de la Justicia y los principios de legalidad.
     Respecto de los Derechos Humanos de la Declaración Universal de Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948, en el Mundo Global,  siguen sin garantizarse los siete primeros artículos, al igual que los artículos 13 y 14 sobre el derecho de movilidad de toda persona y el derecho de asilo, en su caso.
      ¿Cómo garantizar aquello que es importante para una mejor convivencia de las personas  humanas, sus comunidades y la Comunidad del Mundo Global sin que predomine o se imponga la esfera de la Economía?
     Esa es la cuestión que debe plantearse a las puertas de la tercera década del siglo XXI.
    
     El concepto eje, en la Historia de la Humanidad, si se busca un desarrollo en plenitud, el fundamento de la cultura política y jurídica o, como dijera Peces Barba, la raíz tanto de los valores, los principios y los derechos, como de los procedimientos iguales para todos, es la dignidad de toda persona humana. Es también esa raíz la que debe tenerse muy presente en las realidades y avances tecnológicos y científicos si se quiere que la realidad compleja y dinámica de nuestro mundo, la realidad histórica, avance en transformaciones positivas de interculturalidad, liberación y solidaridad global.


     En consecuencia, es la dignidad humana de toda persona la que debe garantizarse en todo momento, y en todo ordenamiento jurídico.