lunes, 21 de mayo de 2018

Artículo 155: ¿Un duelo a garrotazos?

Previo requerimiento del Gobierno de España al Sr Carles Puigdemont, Presidente entonces de la Comunidad Autónoma de Cataluña, y con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, el Gobierno del PP, entendiendo que se estaban saltando las obligaciones constitucionales y que se estaba atentando gravemente al interés general de España, adoptó las medidas correspondientes para obligar a respetar el marco legislativo de la Constitución Española de 1978, con el fin de proteger el interés general.


El nuevo presidente de Cataluña, el Sr Quim Torra, tras su elección por el parlamento catalán, y sin haber tomado posesión de su cargo, fue a Berlín a darle cuenta al que él y los partidos independentistas consideran el "president", es decir, a Carles Puigdemont - que anda como prófugo fuera de España-. Supuestamente, recibido el "placet", el Sr. Quim Torra, el 17 de mayo del presente 2018, tomó posesión acompañado por el Presidente del Parlamento Catalán pero sin la presencia de ninguna autoridad del Gobierno del Estado de España, ni tan siquiera al menos el Delegado del Gobierno en Cataluña, quizás porque el discurso del nuevo "president" fue recibido como un gran bastonazo de réplica a la aplicación del 155. Seguimos, pues, con los bastonazos fratricidas, que ya plasmara hace casi un siglo el gran pintor Goya.




Francisco de Goya, óleo sobre revoco, trasladado a lienzo, 123 x 266 cm, Museo del Prado ( Fuente Wikipedia: Duelo a garrotazos).

En la mencionada referencia, se dice entre otras cosas lo siguiente, que se transcribe tal cual:

"Esta pintura ha sido vista desde su creación (1819-1823) como la lucha fratricida entre españoles; en época de Goya las posiciones enfrentadas eran las de liberales y absolutistas. El cuadro fue pintado en la época del Trienio Liberal y del ajusticiamiento de Riego por parte de Fernando VII, dando lugar al exilio de los afrancesados, entre los que se contó el propio pintor. Por esta razón el cuadro prefigura la lucha entre las Dos Españas que se prolonga en el siglo XIX entre progresistas y moderados, y en general en las posturas antagónicas que desembocaron en la Guerra Civil Española".

¿Qué pensar ahora cuando se pretende formar un gobierno con personas que están en prisión preventiva?

Dice un profesor, catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Pablo Olavide de Sevilla, Ramón Luis Soriano, que el artículo 155 tiene plazo de caducidad con la toma de posesión del nuevo Gobierno catalán, pero no antes, no a partir del momento de la toma de posesión del nuevo "President". ¿Por qué? Por el Acuerdo del Gobierno enviado a la aprobación del Senado: "Las medidas tomadas en este Acuerdo se mantendrán vigentes y serán de aplicación hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno de la Generalitat (BOE de 17 de octubre de 2017). Ahora, pues, "bastonazo" del poder ejecutivo con no publicar en el Boja el intento de golpear del President... Sin embargo, la excepcionalidad jurídica del 155 parece que debería levantarse en la Comunidad Autónoma de Cataluña, respetando los derechos políticos de formar gobierno. Sólo con hechos contrarios a la Constitución y al interés general podría promoverse de nuevo el art. 155. Entonces, ya prácticamente ahora, seguiríamos en un diálogo de sordos, sin acometer la conveniente, urgente y necesaria reforma constitucional y su sistema territorial en un horizonte de Res Publica Federal.


El 20 de noviembre, 2017, en "Un informe de expertos sobre la urgencia de la reforma constitucional", el profesor Eliseo Aja, catedrático de Derecho Constitucional en la UB, concluía lo siguiente:
"En la historia de España existe una maldición: a diferencia de los países europeos, ninguna Constitución ha sido reformada; todas han acabado por un golpe de Estado o con una revolución. Ya va siendo hora de que aprendamos a reformarla, conservando los aspectos que funcionan bien y modificando aquellos que lo necesitan".


¿Será posible columbrar el horizonte federal para la paz duradera y evitar para siempre el "duelo a garrotazos"?

4 comentarios:

  1. A ver si podemos acabar con las dos Españas a garrotazos
    JG

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  2. Como dijo Felipe González: "ha llegado el momento de hacer política sin togas"
    AG

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  3. Al parecer, en la legalidad ordinaria, la publicación en BOE es un trámite administrativo que el Gobierno no puede demorar, pero en la legalidad de excepción (aplicación del art. 155)si puede establecer un filtro...En consecuencia, si el 155 está en vigor hasta que se constituya el nuevo gobierno de Catalañu...se mantiene el lío...¡Saludos!
    JJLG

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  4. La realidad parece que nos sobrepasa día a día. Ahora, de nuevo la corrupción sobre la mesa del partido en el Gobierno... Una doble tensión, pues. J. MORA

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