miércoles, 22 de febrero de 2012

DESARROLLO, DIVERSIDAD Y MEDIACIÓN

La tarde de este 22 de febrero, a las 17 horas, tiene lugar la presentación de los seminarios de formación especializada en materia de “Desarrollo Integral e Interculturalidad”, en el Aula de Grado del Edificio 6 de la UPO.
En dichos Seminarios, patrocinados por la Dirección General de Políticas Migratorias, y gracias al Convenio entre la Fundación AFIES y la Universidad Pablo de Olavide, participan profesores de tres Departamentos: Geografía, Filosofía e Historia (de la Facultad de Humanidades); Trabajo Social y Servicios Sociales (de Ciencias Sociales); y Derecho Público (de Derecho). Colaboran además profesores de otras Universidades (de Sevilla y Huelva), profesionales, ONGs, Administraciones Públicas y profesores y técnicos externos. Los Seminarios vienen teniendo muy buena acogida desde hace un par de años. En este curso se han inscrito entre 42 y 55 alumnos en cada uno de los Seminarios, que se desarrollarán en las fechas que se indican:
 Seminario I: “Desarrollo Integral y Diversidad (del 29 de febrero al 23 de marzo)
 Seminario II: Interculturalidad y Mediaciones Sociales (del 28 de marzo al 3 de mayo)
 Seminario III: Asesoramiento sociolaboral y Política (del 9 de mayo al 31 de mayo)
Los tres seminarios se celebrarán los miércoles de 17.00 a 21.00 y el jueves último de cada seminario de 17.00 a 21.00 horas donde realizaremos talleres de aplicación práctica de lo aprendido.
Al final del primer Seminario está previsto el adentrarse en la Ciudad de Sevilla e ir con un cuaderno de campo el viernes 23 de marzo. Se pretende capacitar para realizar un diagnostico social urbano. En los otros dos Seminarios se realizaran prácticas sobre proyectos concretos.
La clausura tendrá lugar el día 13 de junio, en la misma Sala de Grados del Edificio 6 de la UPO, con la participación del Vicerrector de Relaciones Internacionales, el catedrático Carlos Alarcón. Intervendrá también el catedrático Juan Fco. Ojeda Rivera y profesionales de la Administración.
Se parte de la hipótesis de que son posibles y factibles otros modos de actuación en cuanto a desarrollo y co-desarrollo, lo cual lleva a promover una mayor cohesión social y la gestión de la diversidad; las mediaciones sociales, la mediación familiar, la mediación sociolaboral y el diálogo – para la no imposición-, y la coordinación de las políticas sectoriales.

José Mora Galiana, Codirector de los Seminarios,
UPO, 22/02/2012

jueves, 16 de febrero de 2012

ESTADO DE EXCEPCIÓN LABORAL




El Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, considera las relaciones laborales un "sub-mercado", en base a la situación de crisis económica, el desempleo de larga duración, la destrucción de empleo, la tasa de temporalidad y de desempleo, amén de estimar insostenible el actual modelo laboral español. La norma, positivista y funcionalista, conforme a la filosofía utilitarista neoliberal y al espíritu capitalista, se intenta salvar contractualmente invocando el artículo 86 de la Constitución Española. En base a ese artículo, se declara el "Estado de Excepción Laboral".


¿Qué dice el artículo 86?


"En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos y deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general".


El Título Primero de la Constitución Española de 1978 transcribe o articula el epígrafe "De los derechos y deberes fundamentales".


Teniendo en cuenta estas dos referencias y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como la Carta Social Europea y sus ratificaciones, y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, habrá que analizar no sólo el por qué y el para qué de la reforma laboral sino el qué, es decir, el contenido de la misma, para ver si es constitucional o no esta Declaración de Estado de Excepción Laboral.


Que se apueste por una formación profesional que favorezca el aprendizaje permanente de los trabajadores y el pleno desarrollo de sus capacidades resulta estupendo. También es loable que se busquen medidas para fomentar la contratación indefinida y la cración de empleo o se promuevan nuevas formas de desarrollar la actividad laboral. Pero cuando se habla de flexibilidad interna y externa, de adaptación a las circunstancias, de eficiencia del mercado, de extinciones de contratos y despidos, de ajustes técnico-organizativos y de la necesaria adaptación procesal de las instituciones, lo que se está preparando es la declaración que sigue:


Adopción urgente de medida para dar confianza en los agentes creadores de empleo, para aplicar medidas de flexibilidad... y para "generar la confianza necesaria para los mercados y los inversores".


El por qué está claro: la crisis económica que atraviesa España desde 2008. El para qué también está claro: generar confianza para los mercados y los inversores. Lo que hay que ananlizar ahora es el qué, el contenido de la Reforma Laboral decretada por vía extraordinaria y de supuesta "urgente necesidad". Pero, desde la Filosofía del Derecho, en su vertiente de pensamiento crítico, hay que ver también si dicho Real Decreto-Ley establece las bases para la violación de los derechos humanos fundamentales o si, incluso ya los violenta y viola.

De hecho, bajo la apariencia de favorecer la eficiencia del mercado laboral de trabajo y reducir la dualidad, en el capítulo IV, artículo 17 se suspende de un plumazo el artículo 15. 5 del Estatuto de los Trabajadoresque era una garantía de derecho frente al uso o utilización abusiva de contratos de duración determinada que encubrían una relación permanente. Y ese artículo que hacía fijo al trabajador con una relación laboral superior a 24 meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, se suspende hasta el 31 de diciembre de 2012. Digánme si eso no es un golpe de Estado o un Estado de Excepción en el Mundo Laboral.

martes, 14 de febrero de 2012

¿PARA CUÁNDO NACIONES UNIDAS?


El 13 de febrero 2012, Federico Mayor Zaragoza, ha escrito sobre uno de los conflictos más sangrientos e innecesarios de los últimos años, acaecido en Siria.

Este siglo XXI va dando tumbos acelerados hacia un caos de no se sabe qué dimensiones. Se postula por ello la urgente necesidad de re-fundar las Naciones Unidas, pero de inmediato y a corto plazo, no a posteriori y al dictado de los vencedores de la III Guerra Mundial, siempre dispuestos a dilatar los conflictos bélicos y la venta de armas, con el fin de sacar partida de los recursos naturales.

Hay que parar la carrera hacia el caos y establecer la Nueva Carta de los Pueblos y de Naciones Unidos, dejando atrás las buenas intenciones no cumplidas de 1945 y 1948 (con la Declaración Universal de los Derechos Humanos).

Dice Mayor Zaragoza que podría hacerse en dos fases: una, inmediata, -ya sugerida en estos últimos días- en que la Asamblea General designara unánimemente a un interlocutor para establecer los contactos oportunos con el Gobierno de Al Assad, y llegar a los acuerdos pertinentes gracias a la autoridad que representaría. En una segunda fase, proceder a la refundación anteriormente citada, que se basaría en una Asamblea General en la que hubiera una representación de Estados equivalente al 50% de sus miembros y el otro 50% integrado por representantes de la sociedad civil (instituciones, ONG, miembros expresamente elegidos a este fin). Además, al Consejo de Seguridad actual, sin derecho a veto pero con voto ponderado, se añadiría un Consejo de Seguridad socioeconómico y un Consejo de Seguridad medioambiental.



La solución no puede venir de la deriva actual y de la marginación del multilateralismo. Pero sí podría venir de la praxis política que considere formal y efectivamente el paradigma de la Comunidad Humana, garantizando la puesta en práctica de unas Naciones realmente Unidas, en la que no se excluya a ningún Pueblo ni a la Sociedad Civil. Pero ello implicaría previamente supeditar las fuerzas económicas a las fuerzas políticas desde una ética de la solidaridad internacional.

José Mora Galiana,
UPO, 14 de febrero 2012