En el mundo de la Nuevas Tecnologías, hay jóvenes científicos que, desde "Teleco", en esta última década, se preguntan sobre cómo garantizar que los sistemas aéreos no tripulados (UAS) o más concretamente un vehículo aéreo no tripulado (UAV) pueda cumplir con su misión asignada, bien sea en un determinado escenario, bien sea proporcionando servicios de comunicación inalámbrica. Valga como referencia la Tesis Doctoral de Jesús Sánchez García Mission-based mobility models for UAV networks, de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería, Universidad de Sevilla, 2019.
En España, desde la década de los 80, nos ha preocupado y nos ha ocupado en el quehacer docente, en Filosofía del Derecho al menos, cómo garantizar la práctica de los valores consagrados en el ordenamiento jurídico del Estado Social y Democrático de Derecho que, según la Constitución de finales de diciembre de 1978, son: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Sirva de referencia el libro de Gregorio Peces Barba: Diez lecciones sobre Ética, Poder y Derecho, Dykinson, S.L., Madrid , 2010
En el conjunto de la Unión Europea (UE), desde finales de marzo de 2010, con la publicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, nos viene inquietando cómo garantizar de hecho: 1) la dignidad humana (teóricamente inviolable); 2) el derecho a la libertad y a la seguridad; 3) la igualdad de todas las personas ante la Ley y la no discriminación; 4) la solidaridad, la protección de la salud y los servicios sociales, y la protección del medio ambiente; 5) el valor efectivo de la ciudadanía y el derecho a una buena administración; y 6) el valor de la Justicia y los principios de legalidad.
Respecto de los Derechos Humanos de la Declaración Universal de Naciones Unidas del 10 de diciembre de 1948, en el Mundo Global, siguen sin garantizarse los siete primeros artículos, al igual que los artículos 13 y 14 sobre el derecho de movilidad de toda persona y el derecho de asilo, en su caso.
¿Cómo garantizar aquello que es importante para una mejor convivencia de las personas humanas, sus comunidades y la Comunidad del Mundo Global sin que predomine o se imponga la esfera de la Economía?
Esa es la cuestión que debe plantearse a las puertas de la tercera década del siglo XXI.
Esa es la cuestión que debe plantearse a las puertas de la tercera década del siglo XXI.
El
concepto eje, en la Historia de la Humanidad, si se busca un desarrollo en
plenitud, el fundamento de la cultura política y jurídica o, como dijera Peces
Barba, la raíz tanto de los valores, los principios y los derechos, como de los
procedimientos iguales para todos, es la dignidad de toda persona humana. Es
también esa raíz la que debe tenerse muy presente en las realidades y avances
tecnológicos y científicos si se quiere que la realidad compleja y dinámica de
nuestro mundo, la realidad histórica, avance en transformaciones positivas de interculturalidad,
liberación y solidaridad global.
En consecuencia, es la dignidad humana de toda persona la que debe garantizarse en todo momento, y en todo ordenamiento jurídico.
En consecuencia, es la dignidad humana de toda persona la que debe garantizarse en todo momento, y en todo ordenamiento jurídico.