Cuando estudiamos la propuesta constitucional de 1977/78, desde opciones socio-económicas no liberales ni economicistas, distinguíamos tres grandes bloques: 1) la Parte Dogmática (Título Preliminar y Título I "De los Derechos y Deberes Fundamentales" -puesto que el magistral Preámbulo vendría después-); 2) la Parte Orgánica (Título II: De la Corona; Título III: De las Cortes Generales; Título IV Del Gobierno y de la Administración; Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales; Título VI: Del Poder Judicial; Título VII: Economía y Hacienda; Título VIII: De la Organización Territorial del Estado; y Título IX Del Tribunal Constitucional); y 3) la Parte Final (Título X: De la Reforma Constitucional; Disposiciones Transitorias; Disposiciones Derogatorias; y Disposición Final). Entonces, entre otras, teníamos dudas sobre que se garantizaran "Derechos Fundamentales", sobre la efectiva División de Poderes, y sobre si se establecería un sistema sanitario público y universal...
En aquellos tiempos, apenas echamos cuenta en el Título III de las Cortes Generales, al artículo 86, que habilita para aprobar medidas extraordinarias mediante Real Decreto Ley, del que nos vienen ahora miserias laborales y sanitarias, y otras. Pero tampoco echamos demasiada cuenta a la distinción entre nacionales y extranjeros (ver el art. 13 y el 23 del Título I) ni a la posibilidad de la reforma del artículo 135 (en el Título VII de Eonomía y Hacienda, por medio de una Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera), que, con motivo de la crisis económica -pero también crisis de valores- nos hace perder soberanía y solidaridad interterritorial.
En aquellos tiempos, apenas echamos cuenta en el Título III de las Cortes Generales, al artículo 86, que habilita para aprobar medidas extraordinarias mediante Real Decreto Ley, del que nos vienen ahora miserias laborales y sanitarias, y otras. Pero tampoco echamos demasiada cuenta a la distinción entre nacionales y extranjeros (ver el art. 13 y el 23 del Título I) ni a la posibilidad de la reforma del artículo 135 (en el Título VII de Eonomía y Hacienda, por medio de una Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera), que, con motivo de la crisis económica -pero también crisis de valores- nos hace perder soberanía y solidaridad interterritorial.
Fruto de aquellos goles que ni siquiera Gregorio Peces Barba, de feliz memoria, fue capaz de interceptar, vienen ahora las miserias sanitarias, tras las miserias laborales, que llevan a fortalecer el liberalismo y a privatizar la salud pública, cometiendo un atentado contra las clases menos favorecidas y acuchillando a las personas inmigrantes que no tengan tarjeta sanitaria en vigor.
En efecto, el Real Decreto-Ley 16/2012 va a favorecer los seguros privados para la atención sanitaria de especialistas (ver el cap. I y su modificación); va a la modificación de la cartera de servicios (cap. II); va a la revisión financiera del sistema (cap. III); y plantea nuevas medidas sobre la prestación farmaceútica (cap. IV), en las que parece apostar por la medicina "profármacos", a la vez que deja en manos del Gobierno el revisar la participación en el pago por la prestación farmaceútica, establecida de entrada de forma poco equitativa, puesto que mete en el mismo saco a rentas iguales y superiores a 18.000 euros y las inferiores a 100.000 euros.... Y todo ello invocando cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en el que, además se modifica el artículo 12 de la Ley Orgánica 4/2000 (De "Extranjería"), para terminar de acuchillar y matar definitivamente a los que ya hace tiempo eran más un número que una persona.
Parece mentira que el Rey haya suscrito este Real Decreto Ley. Una mierda "pa él". ¿Dónde quedan los valores superiores de la Constitución? ¿Dónde los Derechos Humanos? ¿Dónde el Código Ético del Personal Sanitario?